| SENTENCIA
Jueves, 12 de Julio de 2007
El
TSJ ratifica la condena a la Universidad por mobbing en la
Escuela de Enfermería
J. Álvarez león
El
Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León confirmó
una sentencia del juzgado de lo Social de León por
la que se considera probado, que una profesora de la Escuela
Universitaria del departamento de Enfermería y Fisioterapia,
fue sometida a constante acoso y hostigamiento moral por parte
de la directora del departamento, circunstancia que provocó
la baja entre el 15 de diciembre de 2004 y el 5 de diciembre
de 2005.
Contra
la sentencia dictada por el TSJ cabe recurso de casación
para la unificación de doctrina, aunque según
el letrado de la trabajadora «es difícil la admisión
del mismo, pues se trata de una circunstancia poco probable».
En
el apartado de los fundamentos de derecho de la sentencia
queda probado el constante acoso y hostigamiento moral a que
fue sometido la profesora del departamento de enfermería,
con reiteradas vejaciones, y agresiones verbales manifestadas
en público y delante de otros profesores e incluso
de alumnos.
La
demandante que según la sentencia del juzgado de lo
Social de León «no había tenido ningún
tipo de antecedentes patológico psiquiátrico»
desarrollo un trastorno mixto ansioso depresivo con sintomatología
de tristeza, labilidad emocional, agotamiento físico
y psíquico, alteraciones del sueño, crisis de
ansiedad, miedo a salir sola e incapacidad para realizar su
labor profesional.
Asimismo,
en los antecedentes de hecho de la sentencia consta que la
trabajadora venía prestando sus servicios avalada por
un brillante expediente académico, aunque en la actualidad
ya no presta los mismos en la Universidad.
El
departamento en el que tuvieron lugar los hechos, según
la sentencia del juzgado de lo Social, «era un departamento
muy conflictivo, con un enfrentamiento continuado entre los
profesores, pero no consta que la víctima estuviera
adscrita a uno u otro, ni que hubiera tenido personalmente
más problemas de los ya reseñados».
Sentencia
pionera
El
pasado mes de diciembre el TSJ ya reconoció «daño
moral», aunque no concluyo como acoso, la situación
de una funcionaria que demandó a la administración
autonómica.
Esta
primera sentencia por mobbing que condenó a una administración
en León, consideró que las pruebas «no
eran bastantes para integrar una situación de acoso»
pero matizaba que «consideradas aisladas si afectaban
a la dignidad, lo que necesariamente se traduce en la consideración
de que se ha producido un daño moral que merece ser
reparado».
Entonces
el fallo no fue recurrible y anuló una sentencia absolutoria
de Juzgado leones.
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