FUNDAMENTOS CIENTÍFICOS DE LA DEFENSA ANTE EL MOBBING II

© María Dolores Peris


II. Del stress del mobbing a los daños físicos

Si tal como parece, el mobbing se juzga desconociendo las tecnologías que lo provocan, tampoco se está atendiendo en los juicios a los efectos provocados por el stress que produce. El stress se ha demostrado que es el arma más perjudicial para la salud, por tanto, sin menoscabo de defenderse de las circunstancias e instrumentos utilizados, el mobbing debe ser denunciado como un delito contra la salud, incluyendo tanto la causalidad como la intencionalidad.

¿O acaso se reclaman pruebas de intencionalidad a quien ataca la salud con otras armas? La mejor defensa del mobbing parece que se puede obtener fundamentándolo desde los principios científicos. Por ello, toda evidencia de reacción orgánica al stress exige la investigación de la situación que lo provoca, para determinar quienes son responsables, quienes son cómplices y quienes son encubridores.31 Hay que clarificar que, en tanto que el aislamiento aumenta la inmovilidad comunicativa, los demás actores de la situación neurógena que lo practiquen serán cómplices o coautores, al estar colaborando directamente en la agravación de los efectos.


Y, por la misma razón, todo el que por pertenecer a la misma empresa conozca la situación sin denunciarla, serán encubridores, porque los testigos son quienes quedan fuera del escenario de los hechos, y no quienes también participan en el mismo. La denominación de testigos mudos, y la consiguiente inmunidad, es, por lo tanto, improcedente aplicarla a quienes pudiendo evitar los daños en la victima, omiten tal acción. Así como a quienes por formar parte del escenario de los hechos, participan en los mismos directa o indirectamente, favoreciendo con su actitud la participación de terceros, tal como demuestra el conocido experimento de Asch. Cuando además la falta de asistencia provoca daños en la salud, la responsabilidad es incuestionable.

Una importante demostración que hay que considerar en la defensa es que, si el stress es continuado o reiterativo por un tiempo superior a dos semanas, con lo que pasa a llamarse stress crónico, las lesiones que provoca en el hipocampo y otras zonas neuronales aparecen como irreversibles y son causa, a su vez, de importantes incapacitaciones cognitivas y por ello laborales.32 De modo que toda negligencia o demora en la inmediata intervención cuando se denuncia, tiene que ser considerado un agravante.

Se hace necesario, por tanto, activar campañas de alerta e incluir, como medida de prevención, la inmediata interrupción de la relación del afectado con la situación neurógena desde el momento de la denuncia.

Igualmente, hay que revisar las instancias legales que parecen obligar a soportar los efectos del stress por un periodo prolongado, lo que además de sufrimiento innecesario en la víctima es causa demostrada de importantes lesiones y amputaciones neuronales. Y puede llegar a ser la causa de procesos incapacitadores y orgánicos consecuentes a la pérdida de inmunidad, que desde las investigaciones de los últimos años, han quedado ya totalmente demostradas.

Se incluye entre estas consecuencias que pueden aparecer hasta 15 ó 20 años después del stress, el cáncer, la diabetes y enfermedades asociadas a los marcadores de edad que el stress acelera, provocando probablemente una reducción de la esperanza de vida. En los casos de mujeres embarazadas, el stress, en determinados momentos críticos, ha demostrado afectar al recién nacido en distintos grados.


Ante estas severas consecuencias, y por ser esta vía de riesgo para toda la población la que inmediatamente parece que puede recibir más atención, por el agravio comparativo que resultaría si se consideraran diferencialmente sus efectos, la definición de mobbing que mejor se adapta a este enfoque de su defensa, es la de un agente neurógeno o provocador de stress, que añade la condición agravante de impedir al organismo atacado su defensa por la doble vía de negarle los cauces de lucha y negarle los cauces de salida de la situación.

Esta definición añade las condiciones para ser considerado Neurosis Experimental, a la dada por Zapf (1999), cuando definió el mobbing (bullying) como una forma grave de estressores sociales en el trabajo. Desde ella, tanto la prevención como la defensa del mobbing tendrán que afrontar directamente la defensa de los golpes del stress provocado a un organismo en una situación en la que está privado de libertad para escaparse y de recursos para defenderse. Situación de indefensión y privación de libertad33 en su más puro significado biológico, que utiliza un diseño y tecnología, consiguiendo, y por ello pretendiendo, torturar, provocar debilitamiento y daños físicos, deterioro de la personalidad, pérdida de capacidad intelectual y predisposición orgánica a contraer enfermedades, que se está demostrando que vienen causadas por la obligación a soportar un stress continuado o reiterado, incluido el acortamiento de la esperanza de vida y la pérdida de su calidad. Por lo tanto, hay que dejar abiertas las sentencias a futuras indemnizaciones.

Hay que clarificar que la denominación de mobbing no justifica estas intenciones como naturales, tal como se pretende, porque, aunque se haya tomado el nombre de la etología, su significado no se corresponde con la conducta anti-natura a la que se aplica en el uso humano, ya que entre los animales es simplemente una demostración de cohesión frente al extranjero, con funciones defensivas de cada individuo como parte de un grupo.34


Los fundamentos para este enfoque de la defensa ante el mobbing se encuentran con máxima claridad en la teoría de Pavlov y todos los desarrollos que sigue acumulando. Hasta el momento la explicación más general del comportamiento, porque aportó la demostración científica y las leyes que establecieron las relaciones de causalidad entre el sistema de señalización social y las reacciones fisiológicas del organismo a ellas sometido, estableciendo los canales de dependencia de la conducta del individuo respecto de su ecosistema, que venían a completar los de respiración y alimentación con la conocida función c=f(o/e), donde c=conducta; f=función, o=organismo y e=percepción de estímulos ambientales en un sentido amplio, que integran la acumulación histórica de experiencias que van automodificando el significado que sucesivamente se le atribuye.

Desde la definición de estas leyes, de cuyo desarrollo se han ocupado diversas ciencias a lo largo del s. XX, cualquier apelación a causas de trastornos de conducta, necesariamente se tendrá que referir al entorno estimular que los provoca y explicarse como condicionamiento fisiológico por parte del mismo. Por eso, ningún diagnóstico podrá eludir el análisis funcional de las causas ambientales que lo han producido, ya sea recurriendo a las dinámicas psicoanalíticas, al paradigma input-output o a cualquier otro desarrollo de esta ley científica.

Pero, por las mismas leyes, tampoco ningún diagnóstico de una situación que integre organismos humanos será completa sin especificar las repercusiones que sus dinámicas ejercen sobre los mismos. Desde este ecosistema como una unidad indivisible, por estar en constante interacción, el concepto de mobbing que se está utilizando es muy criticable, por resultar parcial, y se hace necesario completarlo con estas leyes, para que en los juicios no se sigan planteando dudas sobre unas relaciones causa-efecto que son indisolubles, pero que el constructo, tal y como se presenta, ha seccionado.


De donde se sigue que todo diagnóstico de trastorno de conducta que se defina como independiente de las circunstancias que alimentan los canales sensoriales del organismo, ya sea de forma inmediata o diferida, es tan falso, como lo es definir que los envenenamientos son independientes del contacto con los tóxicos que los provocan o las infecciones independientes de la exposición a los gérmenes que los contagian.

La variabilidad individual observada en las reacciones podrá explicarse por el conjunto de respuestas aportadas por otros factores como los de resistencia, pero éstos nunca serán la causa necesaria ni suficiente para provocar ni una intoxicación, ni una infección, y por la misma razón, tampoco un trastorno de conducta.

Cuando nos encontramos ante regularidades de leyes cuya evidencia las hace indiscutibles, como son las de los efectos de determinados tóxicos, gérmenes o estímulos sobre la salud del organismo, el juzgar como delito contra la salud la utilización de aquello que se ha demostrado causa un trastorno en el organismo afectado, no es cuestión ni de ideologías, ni de creencias ni de opinión, sino de discernir entre lo que es verdad y lo que es falso.

Su aplicación para el problema que nos ocupa es que en la medida en que un trabajador desarrolle respuestas de inadaptación hacia su puesto o entorno, las causas de tales inadaptaciones, y en consecuencia de todos los efectos que pueda provocar en su organismo, hay que buscarlas en dicho entorno.

Para ello, el primer paso será clarificar si tal inadaptación se ha dado desde que se inició la relación, con lo cual el problema es de asignación inadecuada de tareas al trabajador, o bien si ha surgido tras un largo periodo de adaptación, porque en tal circunstancia, que es la que se viene conociendo como mobbing, el trastorno del individuo tiene que interpretarse necesariamente como efecto de una intervención estimular que ha provocado el desequilibrio del organismo. Por tratarse de una ley general del comportamiento, no requiere ninguna otra prueba para demostrar la relación causa efecto, siempre que haya coincidencia espacial y temporal y no se encuentre otro cambio estimular que explique la inadaptación.


Sin embargo, en el análisis de contenido de las sentencias que se vienen otorgando en las denuncias de mobbing, parece que con frecuencia se ignora este principio científico fundamental, lo que resulta en una falsificación de la realidad semejante a juzgar que quien cae al suelo por efecto de un empujón, lo hace por propia voluntad o por incapacidad, ignorando la ley de la gravedad que obligaría a buscar el agente que provocó la pérdida del equilibrio.

¿Cómo defenderse de la situación que definíamos de gestión de un doble conocimiento, cuando el empujón se ha calculado con las leyes que determinarán la caída que provocan, pero se procura que el empujado desconozca estas leyes para que no pueda denunciar con precisión la verdadera causa? ¿Cómo defenderse si tal hecho es juzgado ignorando la ley que lo provoca y no sólo no se orienta hacia la búsqueda del culpable, sino que se reclaman pruebas y testimonios del empujón que son absolutamente innecesarios, porque una ley general es suficiente prueba para todas las situaciones particulares a las que se aplica? Ninguna otra prueba hay que adjuntar cuando el stress ha dejado su huella en el organismo, porque los efectos siempre indican que ha sido causado por un agente exterior. El stress, como tensión provocada sobre el organismo, por su propia definición siempre es exógeno.

Y si existen pruebas de que el organismo ha estado sometido a una situación neurógena o provocadora de stress,35 y además hay pruebas de que no se le ha facilitado una salida sin perjudicarle en sus derechos laborales, en su status y demás méritos en términos de bienes intangibles legítimamente adquiridos, la relación causal es innegable, tal como se explica a continuación al detallar las investigaciones que definen las características de los ambientes provocadores de stress.36


Desde esta equivalencia, el criterio decisivo en las denuncias que se cursan para responsabilizar a la empresa es la denegación de las vías de salida solicitadas. Además, acumulará el agravante de provocar la irreversibilidad de los efectos al obligar a soportar reiteradamente, y por un tiempo superior a dos semanas, que es la característica que diferencia el stress agudo del stress crónico.

En cuanto a los medios de diagnóstico, se ha evidenciado en investigaciones como las de Grossi et al. (1999) la posibilidad de obtener indicadores de stress ambiental para probar los agentes que han causado el condicionamiento aversivo y para desarrollar el análisis funcional de los efectos.

Estos estudios demuestran las relaciones entre el ambiente laboral y las reacciones fisiológicas de los participantes, obteniendo, entre otros resultados, su posibilidad de demostración desde las medidas de la sangre (niveles de gammaglutamyltransferasa (GGT), glucosa, lípidos, prolactina, testosterona y cortisol) los efectos de los ambientes laborales. Pruebas que podrían incorporarse a los protocolos de prevención de riesgos laborales.

Así, se ha demostrado que la glucosa desciende con los daños al respeto, dignidad, dirección de tareas, información y satisfacción laboral. La prolactina decrece con el deterioro de la satisfacción en el trabajo. El cortisol con la percepción de un deterioro de las normas éticas y morales de la organización. Al demostrar, asimismo, que el correcto funcionamiento fisiológico se conseguía con cambios favorables en el status y en el ambiente laboral, la indisolubilidad causa-efecto en el fenómeno mobbing resulta incuestionable.


Actualmente, una aproximación biológica al comportamiento ya es posible, cumpliéndose las expectativas que fueron previstas en las teorías psicológicas más generales, desde las posiciones de Hull (1943) hasta las de Freud (1914, 1920) que afirmaba "todas nuestras ideas provisionales de psicología probablemente se basarán un día en una subestructura orgánica o bien "las deficiencias de nuestra descripción se desvanecerían si estuviéramos ya en posición de reemplazar los términos psicológicos por los fisiológicos o químicos.". Los nuevos avances de las neurociencias han orientado a muchos autores hacia el paradigma biológico para "reescribir la metapsicología con una fundación científica".

Por este enfoque optó hace un siglo el Nobel (1904) Pavlov explicando toda la conducta por la resolución fisiológica del SNC entre los procesos de excitación e inhibición. Su propio concepto de conducta, como una activación fisiológica desde la estimulación ambiental a través de los canales sensoriales, extendía ya su causalidad al entorno que, a través de la domesticación y la socialización del comportamiento, va moldeando los estilos de respuesta de cada persona.

Esta maleabilidad de la conducta ha sido necesariamente conocida por los pastores de animales y de hombres, de modo que lo que la teoría pavloviana descubrió no fue el condicionamiento, sino las leyes y procesos por los que las relaciones ambientales se reproducen en el organismo, independizándose del ambiente que las determinó, Es lo que ocurre cuando se instaura un reflejo condicionado, definiendo el relativismo del comportamiento humano al explicarlo en función de la estructura estimular que recibe de su entorno y por ello, en continua evolución
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Si las leyes del condicionamiento por asociación las investigó Pavlov, principalmente mediante la estimulación positiva con la que provocaba la excitabilidad, los conflictos conductuales y orgánicos los encontró al analizar la inhibición, para lo que provocaba diferentes tipos de estimulaciones aversivas, incluida la mera extinción de las asociaciones positivas previas. Se definía así la ley más general de la interacción entre el medio y los organismos que en él viven: los estímulos positivos desarrollan buenas adaptaciones, mientras que los negativos provocan inadaptaciones que definen toda la escala de trastornos en el organismo, hasta llegar a su autodestrucción, si se superan determinados umbrales de resistencia.37

La investigación de las condiciones que definen tales umbrales extremos de resistencia fue la que le llevó a la detección de las Neurosis Experimentales, como llamó a los efectos provocados cuando estos umbrales se superaban. De este modo, con la provocación en laboratorio de las Neurosis Experimentales, Pavlov inició la sicopatología experimental que demostraba que los reflejos aparentemente involuntarios y por ello considerados endógenos por una visión superficial, como puede ser la salivación, habían sido inducidos y condicionados con estrategias previamente diseñadas para provocarlos en la situación e intensidad que había decidido el diseñador del experimento. Lo que llevó a investigar las diferentes formas como el ambiente puede trastornar al organismo sometido a su presión.38


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NOTAS

31 "Pero han surgido algunos problemas más agudos con respecto al enfoque del condicionamiento operante. 1. ¿No están los condicionadores operantes "desempeñando el papel de Dios" al definir objetivos del progreso social y personal de los pacientes? Para algunos, el enfoque puede tener el tufillo del libro 1984 de Orwell, del lavado de cerebro y el control del pensamiento… 2. ¿Pueden algunos miembros del personal usar el control conductual que proporciona el condicionamiento operante para justificar su modo de tratar a los pacientes, punitivo y semejante al de un prisión?… 3. ¿Es el condicionamiento operante una forma de "entrenamiento animal" mecanicista que niega la integridad del paciente?… Hay veces en que debemos empezar nuestros esfuerzos en un nivel puramente mecanicista para hacer que el paciente se de cuenta de las recompensas que son inherentes al medio;… 4. ¿No estamos privando al paciente de la oportunidad de elegir, de ejercer su libre voluntad? (Ball, 1973, p. 528-529).
32 "Por haber vivido sin disminuciones, el minusválido, esto es, la mayoría de ellos, aspira a proseguir la misma clase de existencia cabal que ya conoce; experimenta en el sentido más literal y profundo la nostalgia, el dolor de lo que definitvamente queda atrás, sin posibilidad de recuperación. La frustración del minusválido incide sobre el proyecto de existencia como tal, y no sobre una de sus partes accidentales; la frustración se refiere en cierto modo a la totalidad de la existencia personal. De este hecho radical es de donde dimanan, en formas demasiado variadas para ser pormenorizadas aquí, los verdaderos problemas psicológicos del minusválido." (Pinillos, 1975, p. 30).
33 "Tal vez la parte más importante de nuestra filosofía democrática, que necesita ser reconsiderada es la que se refiere a nuestras actitudes hacia la libertad o hacia su recíproca: el control de la conducta humana" (Skinner, 1973, p. 37).
34 "Es curioso que, aparentemente, en ese momento los animales aborrecedores no muestran ningún temor del depredador al que aborrecen. Las golondrinas, las aguzanieves y otras aves de gran movilidad parecen mostrarse impertérritas ante las aves rapaces que surcan los aires. Esta reacción se denomina en inglés mobbing, lo cual expone con mucho acierto que una multitud de seres débiles unidos acosa a otros más fuertes, justamente como ocurre en el caso del aborrecimiento… Representa en todos los casos un simulacro de ataque contra un enemigo; sólo a título excepcional el potencial animal rapaz, el depredador, osa atacar de verdad. Resulta, pues evidente la finalidad de conservar la especie cuando se disuade de la caza al depredador, se persigue corriendo o nadando al ser aborrecido y se proclama a voces la posición de su guarida. Ello puede tener como consecuencia, entre las especies animales de larga vida y capaces de aprender, que ciertos lugares bajo la amenaza del animal rapaz "queden desacreditados". … El objetivo… no es por lo general, un rival de la misma especie, sino un peligro proveniente del exterior o un congénere que se sale del marco por causa de un comportamiento anómalo (por ejemplo, una enfermedad)." (Lorenz, 1988 pp. 154-155).
35 "Si un tirano tiene el poder de requerir ciertas actuaciones, ya sea por medio de la amenaza de castigo, ya sea tolerando solamente a aquellos que cumplen lo necesario para escapar a las privaciones (por ejemplo, otorgando solamente a dichos individuos los puestos de trabajo), sus súbditos pueden elegir la obediencia -aunque algunos podrían tener la dignidad de rechazarla." (Skinner, 1971, p. 51).
36 "Por supuesto no son libres. La imposición de sanciones restringe la libertad al igual que las recompensas diferenciales" (Skinner, 1971, p. 52) "Pero sería absurdo, por el hecho de la limitación de la libertad, concluir simplemente que el "hombre autónomo" es una ilusión, o pasar por alto la distinción entre una persona que elige la sumisión frente a la amenaza de violencia o de privación y la persona que elige la obediencia a los principios newtonianos cuando se cae desde los alto de una torre". (Skinner, 1971, p. 52).
37 "La conclusión continúa siendo absurda incluso cuando predecimos el curso de los actos que la mayoría de "hombres autónomos" podrían elegir bajo condiciones de extrema dureza y de limitadas oportunidades de supervivencia. El absurdo se hace mayor cuando consideramos el mundo social real en el que las "probabilidades de respuesta" determinables son tan mínimas que no tienen virtualmente ningún valor predictivo. Y sería ya no absurdo sino grotesco argumento que, en el momento en que las circunstancias pueden combinarse de tal modo que la conducta es completamente predecible, como sucede en una prisión, por ejemplo, o en la sociedad-campo de concentración más arriba "diseñada", entonces es necesario que no haya interferencias de la libertad y la dignidad del "hombre autónomo". (Skinner, 1971, p. 52-53).
38 "el auténtico problema estriba en la efectividad de las técnicas de control… que harán un mundo más seguro" (Skinner, 1971, p. 98-99)
© Copyright 2003 por María Dolores Peris mdperis@yahoo.es 01/05/2003

Extraído con autorización expresa de su autora de http://usuarios.lycos.es/mperis/mobbing/

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