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"La
irracionalidad en la conducta es lo que mejor define al acoso
moral"
Manuel Velázquez, inspector de Trabajo y Seguridad
Social, autor de Mobbing, violencia física y estrés
en el trabajo, editado por Gestión 2000
El
acoso moral se está convirtiendo en una práctica
cada vez más común en el entorno laboral. Manuel
Velázquez analiza este triste fenómeno desde
el punto de vista jurídico en su libro Mobbing, violencia
física y estrés en el trabajo.
M. Ramírez
Los
riesgos psicosociales, causantes del estrés y la violencia
en el trabajo son, junto a los ergonómicos, los que
afectan a más trabajadores en materia de salud laboral
y generan mayor gasto en prestaciones sociales. Sin embargo
ningún país de la UE dispone de una regulación
completa sobre esos factores.
Bueno, siempre se empieza a legislar por lo que resulta más
visible y en materia de seguridad y salud en el trabajo lo
primero que se ha apreciado en el tiempo son los accidentes
de trabajo que derivan de la falta de medidas de seguridad
ya que entre ellos hay una clara relación de causalidad.
Con
el paso del tiempo se legisló sobre la higiene industrial
y las enfermedades profesionales, algo sobre lo que no hay
una relación de causalidad tan evidente por lo que
el legislador tuvo que recurrir a presunciones mediante listas
cerradas de los agentes causantes y las enfermedades que se
producen.
En
los llamados riesgos emergentes, derivados de las condiciones
ergonómicas y psicosociales, la relación de
causalidad entre los daños para la salud, ya sean accidentes
o enfermedades, y el trabajo resulta más difícil
de demostrar y ha sido esta la razón que, a mi juicio,
ha dificultado hasta ahora la asimilación de estos
riesgos como laborales y el desarrollo de una legislación
específica y una práctica preventiva sobre ellos.
Ningún país dispone de una legislación
específica sobre riesgos psicosociales.
Sí, ningún país tiene una legislación
completa y exhaustiva sobre los riesgos psicosociales. Suecia,
Francia y Bélgica disponen de una legislación
sobre la violencia en el trabajo, pero no sobre el estrés
laboral.
Incluso
algunos países, como Irlanda, Alemania o Suecia, en
lo relativo al estrés laboral, han decidido conscientemente
no elaborar ninguna legislación sobre la materia porque
consideran que las normas laborales vigentes ya resultan de
por sí suficientes si se aplican de forma adecuada
y por ello han preferido elaborar guías o códigos
de práctica que ayudan a la aplicación real
de esas normas a los supuestos de violencia y estrés
en el trabajo.
Esta
podría ser también una vía a experimentar
en España puesto que para muchas normativas de prevención
ya contamos con guías del Instituto Nacional de Seguridad
e Higiene en el Trabajo y sobre esta materia también
podría elaborarse un instrumento igual o similar.
Algunos estudios indican que dentro de los riesgos psicosociales,
la violencia psicológica es la que representa la mayor
amenaza para la salud de los trabajadores europeos. ¿Qué
engloba?
Abarca, por una parte, los actos ofensivos contra el derecho
a la intimidad, el derecho a la igualdad de trato y no discriminación
y el derecho a la integridad moral o a la consideración
debida a la dignidad del trabajador, que ya tenían
un amplio tratamiento en nuestra jurisprudencia, y por otra
parte, abarca también a las conductas o comportamientos
de acoso que violan tales derechos, ya sea de acoso sexual,
acoso moral o acoso discriminatorio, lo cual sí resulta
novedoso en cuanto a su tratamiento jurídico.
Con
la aparición de una doctrina científica y jurídica
sobre el acoso en el trabajo estamos dando relevancia no solamente
a los actos ofensivos de extremada gravedad y que por sí
solos ya pueden producir efectos jurídicos sino también
a las denominadas por Vittorio de Martino como «microofensas»,
es decir, una cadena de actos que por sí mismos y de
forma separada no tienen relevancia suficiente pero que examinados
y valorados en su conjunto sí llegan a tenerla.
La violencia psicológica en el trabajo ha aumentado
notablemente en los últimos años. ¿A
qué cree que es debido?
Al sistema moderno de producción, que en los últimos
tiempos se ha acelerado. Cada vez existe una mayor competencia
entre los profesionales que trabajan en una empresa y se les
exige más productividad y más disponibilidad.
Si esas exigencias no están bien dirigidas y coordinadas
van generando tensión y al final la persona acaba por
estallar.
El acoso moral o mobbing, que forma parte de la violencia
psicológica en el trabajo, es muy difícil de
probar ante los tribunales. ¿Qué posibilidades
tiene el trabajador de demostrarlo?
Depende de cada caso. Si el trabajador sólo dispone
de su propio testimonio le va a costar demostrar que ha sido
víctima de acoso moral, aunque quizá pueda conseguirlo
si su relato es muy veraz y sin incongruencias. Va a tener
muchas más posibilidades si dispone de pruebas, por
ejemplo documentales, como cartas, correos electrónicos,
partes de trabajo u órdenes escritas.
En su libro detalla Ud. cómo deberían prevenirse
los riegos psicosociales y cómo abordar los daños
que provocan en la salud. ¿Conoce alguna empresa que
lo esté haciendo?
Lo están haciendo todas las empresas que han sido requeridas
en este sentido por la Inspección de Trabajo y Seguridad
Social. De propia iniciativa y sin que medie nuestra intervención
hay muy pocas que lo lleven a cabo, sólo algunas empresas
de gran dimensión o incluso también algunas
instituciones públicas del País Vasco combinando
el uso de cuestionarios con entrevistas y reuniones directas
entre los trabajadores afectados por la evaluación
para hacer un correcto diagnóstico de la situación
y de la identificación de los factores de riesgo, ya
que es ésta precisamente la parte más difícil
de la gestión de la prevención de estos riesgos.
En
cualquier caso, lo que sucede es que los resultados positivos
de esas acciones tardan en conocerse y sólo en contadas
ocasiones se aprecian de forma inmediata o a corto plazo.
La Ley de Prevención de Riesgos Laborales de 1995,
acogida en su momento con muchas esperanzas, no ha reducido
significativamente la siniestralidad y las enfermedades profesionales
¿Cree que debería aplicarse con más rigor,
sobre todo las sanciones?
Los datos de siniestralidad son el único indicador
objetivo con el que contamos en estos momentos para medir
el estado de las condiciones de trabajo, sin embargo es un
indicador que se debe analizar con cierto rigor porque se
presta a visiones sesgadas.
La
siniestralidad ha aumentado durante los años posteriores
a la aprobación de la Ley y en el último año
ha disminuido. Tanto en un caso como en otro todavía
desconocemos en profundidad cuáles son las causas de
este fenómeno. En cualquier caso, la relación
entre multas y accidentes ha subido en la misma proporción
en los últimos años.
Pero
tampoco se ha hecho un estudio sobre la influencia de las
multas en la mejora real de las condiciones de trabajo en
las empresas y ésta es una tarea que, a mi juicio,
se debería de abordar en los próximos años.
© Laboris
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