VIOLENCIA EN EL EMPLEO PUBLICO

Dra. ELIANA MATKO

1era. Parte:
VIOLENCIA EN EL EMPLEO PUBLICO

Por la Dra. ELIANA MATKO Presidente de "AMPARARTE"
Ong en defensa de los Derechos Humanos y en contra de la Discriminación.

www.ampararteong.blogspot.com

Si bien existe violencia laboral en todo tipo de actividad los especialistas coinciden en señalar al ámbito del empleo público - dentro de cualquiera de los tres poderes - como uno de los más proclives a generar ambientes en los cuales las violencias laborales encuentran un terreno especialmente abonado.

La garantía de la estabilidad del empleado público contenida en el art. 14 bis de nuestra Constitución Nacional dificulta al funcionario jerárquico desprenderse de algún subalterno que no sea de su agrado pues para ello es indispensable obtener el dictado de un acto que disponga el inicio de actuaciones sumariales, tener que probar las faltas y lograr al final de ese procedimiento el cese de la relación de empleo público. Por ello ciertos funcionarios creen que adoptando el camino del acoso psicológico lograrán hacerle la "vida imposible" a aquel de quien quieren prescindir hasta que voluntariamente se aleje de su lugar de trabajo. En el sector privado el despido de un empleado es más fácil, sin embargo el mobbing también está presente.

En el sector público no existen evaluaciones psicológicas previas -que hoy sí lo implementan las grandes empresas del sector privado- a fin de comprobar si un posible funcionario es apropiado para el cargo y la función que debe desempeñar. Obsérvese que tal evaluación es necesaria si se pretende cumplir con la única condición que exige nuestra Constitución Nacional para acceder al empleo: la idoneidad.

Las estructuras de recursos humanos del sector público ni siquiera cuentan con un departamento de psicología, constituyen simples oficinas administrativas que controlan inasistencias, tardanzas y tramitan certificados médicos. Ni siquiera podemos pretender que evalúen la dinámica de los grupos de trabajo, la gestión del capital intelectual, la evaluación por competencias, estudios de clima organizacional y otras dificultades de la escena laboral.

La estructura organizativa del trabajo, dentro de los órganos del Estado (nacional, provincial o municipal) aparece como excesivamente burocratizada, esencialmente verticalista, donde el factor de poder -entendido como la facultad que tiene una persona de obligar a otra u otras de realizar una conducta- está vinculado estrechamente con el temor a las consecuencias negativas ante la desobediencia y que se manifiesta esencialmente a través de la posibilidad sancionatoria. Si a ello le sumamos déficit en la incorrecta o insuficiente asignación de recursos humanos y materiales, rigidez organizativa, estilos de dirección autoritarios, falta de formación de líderes políticos que deban cumplir tareas de dirección, responsabilidades diluidas y ausencia de mecanismos adecuados de resolución de conflictos, veremos que la situación se complica aún más.

Todo funcionario tiene el deber de respetar a su superior pero ello no significa que tenga la obligación de complacerlo, subordinándose a todo capricho. Implícitamente muchos funcionarios han incorporado este "deber" de complacer al extremo de no discutir jamás una situación de trabajo. Tanta dependencia es la antesala del acoso ya que el acosador tiene al trabajador en sus manos.

Diana Scialpi, socióloga argentina pionera del estudio de este fenómeno en la Administración Pública, denomina "Violencia político-burocrática" a la perpetrada por funcionarios políticos de la Administración Pública y por agentes de alto rango (Personal jerárquico) que quienes tienen la responsabilidad social, legal y administrativa de cuidar a los trabajadores del Estado y de cumplir y hacer cumplir las normas administrativas vigentes.

Creemos que el acoso siempre será personal aunque el acosador necesite de algunas organizaciones tóxicas que le permita actuar con cierta impunidad. Aún en el caso que las conductas de los funcionarios, como órganos del Estado, generen la responsabilidad de éste en la reparación de daños no creemos que -como regla- desde el Estado mismo, respetuoso de las normas, se pueda generar violencia institucional con la salvedad -de reconocer como excepción- que ha sucedido en la triste época de la dictadura de los 70 en la Argentina. (Fuente: La Ley).

http://www.laautenticadefensa.com.ar/modules.php?name=News&file=article&sid=50234

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